Les invitamos a participar en este blog dedicado a mantener la memoria histórica del terrorismo de Sendero Luminoso y el MRTA, al que se sumaron los crímenes cometidos por miembros de las fuerzas del Estado. También tenemos la Biblioteca Virtual de la Verdad y Reconciliación, cuyo contenido sigue creciendo. Al momento hemos registrado mas de 600 de libros, muchos de ellos digitalizados, así como cientos de fotografías, videos y cerca de 2,000 documentos y artículos periodísticos. http://www.verdadyreconciliacionperu.com/home.aspx


sábado, 13 de octubre de 2012

PREMIO "CARLOS IVÁN DE GREGORI" A LA MEJOR TESIS Y TRABAJOS DE INVESTIGACIÓN

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FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES DE LA UNSCH
PREMIO CARLOS IVAN DEGREGORI AÑO 2012.
Auspiciado por la Fundación Herbert Morote
REGLAMENTO DE OTORGAMIENTO DE PREMIOS A LOS MEJORES TRABAJOS DE INVESTIGACIÓN (TESIS, INFORME Y ARTÍCULO) 
I.- De la convocatoria.
Las entidades convocantes al premio anual “Carlos IvÁn Degregori” son la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga, a través de la Facultad de Ciencias Sociales y la Fundación Herbert Morote

II.- De los participantes.
Pueden participar los alumnos y egresados de las Escuelas de Formación Profesional de Antropología Social, Arqueología e Historia, Trabajo Social y Ciencias de la Comunicación, y de las distintas menciones de la sección de posgrado de la Facultad de Ciencias Sociales que han realizado trabajos de investigación a nivel de informe de grado, artículo publicable o publicado, tesis de licenciatura y de maestría sobre temas de Post violencia y derechos humanos en la región y el país presentados durante el año de la convocatoria. 

III. Forma de presentación
Los interesados en participar del concurso deberán presentar sus investigaciones sea el informe de grado, artículo o la tesis impreso en su integridad  en tres ejemplares, además  de un CD con el respectivo archivo.

IV. Fecha de presentación
La presentación de los trabajos de investigación  (tesis, informe y artículo) será desde 01 de setiembre hasta 31 de noviembre del año en curso en la secretaría de la Facultad de Ciencias Sociales.

V. Aspectos generales de calificación:
Los aspectos  a ser calificados son:

                  Rubros                       Puntaje
Planteamiento del  problema       de 0 a 5
Metodología                                 de 0 a 5
Enfoque teórico                            de 0 a 5
Análisis de data                            de 0 a 5
Aportes y recomendaciones         de 0 a 10
Los miembros de la comisión pueden añadir algún aspecto que consideren importante, cuyo puntaje no debe exceder 05 puntos como máximo.

VI. Jurado calificador
Los miembros del jurado serán 3 docentes de la Facultad de Ciencias Sociales y un representante de la Fundación Herbert Morote. Los docentes serán  designados por Consejo de Facultad. El representante de la Fundación actuará como observador con voz, pero sin voto.

VII.  De la calificación.
Los miembros del Jurado calificarán los informes, artículos y tesis en concurso desde 01 hasta 20 de diciembre. Esta concluirá con la publicación de los resultados en orden de mérito tanto para los trabajos de tesis como para los informes de grado y artículos. O también declarando desierta en caso de que los trabajos no tengan los méritos esperados.

El fallo del jurado es inapelable.

VIII. De los premios:
6.1 Mejor Tesis: 1000 dólares americanos
6.2 Dos mejores trabajos de investigación
 (informe de grado y artículo): 500 dólares americanos  cada uno
6.3 Un Certificado otorgado por la Universidad.

IX. De la publicación.
La Fundación Herbert Morote, además publicará los trabajos ganadores bajo modalidad virtual.

Disposiciones complementarias
Casos no previstos en el presente reglamento serán resueltos por los miembros del jurado calificador.


  Prof. Claudio Rojas Porras   
 Facultad de Ciencias Sociales
 Abog. Yuber Alarcón Quispe
  Fundación Herbert Morote

jueves, 11 de octubre de 2012

LA FOTO DEL MES. SENDERO ATACA EMPRESA AGRÍCOLA. 1989.

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RECORDAR PARA QUE NO SE REPITA.
LA FOTO DEL MES

(YUYANAPAC. Banco de imágenes de la Comisión de la Verdad y Reconciliación)


 
Titulo: SENDERO ATACA EMPRESA AGRÍCOLA, Jauja, Junín, 1989
Autor :  Aníbal Solimano. Agencia Reuters.
El 19 de julio de 1989, Sendero Luminoso atacó la Sociedad Agrícola de Interés Social Mariscal Cáceres, dejando un saldo de tres trabajadores muertos. Los subversivos, además, mataron una gran cantidad de ganado. 

miércoles, 10 de octubre de 2012

EL VIDEO DE OCTUBRE, RECORDAR PARA QUE NO SE REPITA

 
RECORDAR PARA QUE NO SE REPITA
EL VIDEO DEL MES

(Sobre la imagen pulsar Ctrl + clic para ver el video)  

HORROR DE SENDERO LUMINOSO VISTO POR LA TV INGLESA.
Link
Primera parte
Segunda Parte
Tercera Parte
Cuarta Parte
Quinta parte
Para ver más videos sobre el tema entrar en nuestra Biblioteca Virtual del Genocidio en Ayacucho www.genocidioayacucho.com

lunes, 8 de octubre de 2012

SUCEDIÓ ESTE MES HACE 30 AÑOS, ACOBAMBA

 
RECORDAR PARA QUE NO SE REPITA
(Fuente: informe de la CVR)

SUCEDIÓ ESTE MES HACE 30 AÑOS
OCTUBRE 1982

·      Ocurrió un enfrentamiento entre el Sendero Luminoso y la Guardia Civil en Acobamba.

viernes, 5 de octubre de 2012

EL LIBRO DEL MES DE OCTUBRE. LOS MUERTOS DE AYACUCHO.

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El libro del mes de  OCTUBRE   2012. Recordar para que no se repita.

TÍTULO: LOS MUERTOS DE AYACUCHO. Violencia y sitios de entierro clandestinos
AUTOR: COMISEDH. Responsble de la edición Carola Falconí.
RESUMEN E ÍNDICE
-A nivel nacional existen más de 6,400 sitios de entierro, 60% de los cuales están en Ayacucho. El número calculado de desaparecidos es de 15,700, de los cuales 4,241 en Ayacucho
- Se han exhumado 2,054 cuerpos en el país (13% de 15,700), 1,196 de ellos en Ayacucho
¿Cuantos restos yacen enterrados en los sitios clandestinos surgidos con la violencia?
Pregunta de respuesta imposible por ahora, puesto que desde la entrega del informe final de la CVR, en agosto de 2003, se ha avanzado muy poco en la tarea de exhumaciones. Así. Entre 2002-2011 se realizaron 200 intervenciones forenses en Ayacucho, inhumándose 1,196 cuerpos, de los cuales sólo la mitas fueron identificados. Como se señala en el presente informe, a pesar de los esfuerzos el ritmo es lento y se necesitarían 80 años para completar lo que se conoce, con la seguridad de que se reconocerán más sitios clandestinos en el futuro. 
El informe que ahora presenta COMISEDH señala las principales limitaciones en el trabajo de exhumaciones. En primer lugar, a pesar de que la CVR recomendó la elaboración de un Plan Nacional de Investigaciones Antropológico-Forenses (PNIAF) y creo un Registro Nacional de Sitios de Entierro, ninguna de las propuestas está en ejecución.
ÍNDICE.
Parte 1: LA INVESTIGACIÓN ANTROPOLÓGICO-FORENSE Y LOS SITIOS DE ENTIERRO EN AYACUCHO
Parte 2: EL REGISTRO, LOS CASOS Y LAS VÍCTIMAS
Parte 3: DESDE LA MIRADA DE LA SOCIEDAD CIVIL Y EL ESTADO


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Para ver más libros entrar en Biblioteca del Genocidio en Ayacucho


lunes, 10 de septiembre de 2012

EL GOBIERNO NO CUMPLE CON PAGAR LAS REPARACIONES.

(En vista de la gravedad de la situación trascribimos la denuncia de la COODINADORA REGIONAL DE ORGANIZACIONES AFECTADOS POR LA VIOLENCIA POLÍTICA DE AYACUCHO)

  PRONUNCIAMIENTO AFECTADOS POR VIOLENCIA POLÍTICA EXIGEN EFICIENCIA EN GASTO DEL PRESUPUESTO DE REPARACIONES.
La Coordinadora Regional deOrganizaciones Afectados por la Violencia Política de Ayacucho “CORAVIP”, organización que agrupa y representa a las organizaciones de víctimas y afectados en la región de Ayacucho de los años 1980-2000; nos dirigimos a las autoridades nacionales, regionales, locales y la población en general para mostrar nuestra indignación frente al deficiente gasto de fondos del presupuesto año fiscal 2012 asignado para la implementación del Plan Integral de Reparaciones – PIR, y manifestamos los siguientes:
 Primero: Las víctimas y familiares afectadas por el conflicto armado interno ocurrido entre 1980 a 2000,  hemos demandado desde hace muchos años a diferentes gobiernos de turno la aprobación e inicio del Programa de Reparaciones Económicas – PRE, conforme a la Ley 28592 del Plan Integral de Reparaciones y su reglamento DS. 015.2006-JUS; sin embargo, en junio del 2011, de manera inconsulta e inconstitucional el Gobierno Nacional de entonces Alan García, emitió el DS. 051-2011-PCM que fija el monto de reparaciones a las víctimas la irrisoria suma de 10,000 nuevos soles, cantidad que sería repartida entre todos los familiares de la víctima.
Segundo: El año 2011, para el Programa de Reparaciones Económicas se presupuestó la suma de 20 millones de nuevo soles, los cuales solo se gastó aproximadamente 9 millones de nuevos soles, demostrando la incapacidad de gasto de funcionarios de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel – CMAN. En el 2012, el Ministerio de Justicia y la CMAN, cuenta con un monto de 140 millones de nuevos soles para la implementación del PIR; sin embargo, a escasos 4 meses para culminar el año fiscal 2012, vemos que hasta el momento no se han entregado los fondos del Ministerio de Economía y Finanzas para efectuar las reparaciones, donde se demuestra las trabas burocráticas
y la incapacidad de gasto afectando a las víctimas de la violencia.
Tercero: En agosto del 2011, el entonces Primer Ministro, Salomón Lerner Gits presentó su propuesta: “Impulsaremos el proceso de reparaciones a través del PIR, restituyendo su carácter total,
orientada a víctimas individuales y colectivas, que aborde las dimensiones jurídicas legales, salud, educación y la reparación simbólica. Nos proponemos como meta al 2016 la reparación integral de
por lo menos el 50% del total de víctimas. Entregaremos a cada una de ellas una suma significativa como un gesto simbólico de reconocimiento”. Sentimos que dicha política de gobierno no se está
haciendo efectiva.
Cuarto: El 10 de noviembre del 2011, en su 115ª Sesión Ordinaria, los representantes de diversos sectores del Estado y de la sociedad civil que integran la Comisión Multisectorial de Alto
Nivel –CMAN, acordaron por UNANIMIDAD la modificatoria del DS. 051-2011-PCM, alcanzando dicha propuesta a la Presidencia del Consejo de Ministros para su aprobación y publicación, de esta manera se eleva el monto de la reparación a 10 UITs; monto que sería repartido entre los familiares de las víctimas; sin embargo, el Ministerio de Economía y Finanzas ha observado dicha propuesta, la misma que no favorece la inclusión de víctimas de la violencia política.
Quinto: La CORAVIP está dispuesta a continuar con el diálogo como la forma más idónea de
resolver los conflictos; sin embargo, tenemos que ser claros, el tiempo y la paciencia se están agotando; por lo tanto llamamos al Señor Presidente de la República, Ollanta Humala Tasso y a la señora Marisol Espinoza, Vice Presidenta de la República para que honren sus compromisos y en el más breve plazo oficialice la modificatoria del DS 051-PCM-2011 para así dignificar a esta parte de la población excluida y quechua-hablante.
Sexto: Si queremos forjar un verdadero Estado
democrático, es urgente que se empiecen a curar heridas, a concretar
las reparaciones y hacer justicia con los que más sufrieron la
violencia política.
Ayacucho agosto, 22 del 2012
CORAVIP AYACUCHO
Contactos al 966 89 0100/ #966 89 0100

viernes, 7 de septiembre de 2012

EL LIBRO DEL MES. EXTRADICIÓN, JUICIO Y CONDENA DE ALBERTO FUJIMORI. RECORDAR PARA QUE NO SE REPITA



Extradición, juicio y condena de Alberto Fujimori
Autora: Gabriela RAMÍREZ PARCO
Editorial: Instituto de Defensa Legal. Año 2011, 152 páginas.

Resumen:
El proceso penal seguido contra el ex presidente Alberto Fujimori en los casos Barrios Altos y La Cantuta, y Sótanos del Servicio de Inteligencia del Ejército (SIE), ha marcado tan importante hito tanto en el Perú como en la comunidad internacional fundamentalmente en dos aspectos: a) en la lucha contra la impunidad y b) en la lucha contra la violación de los derechos humanos.
Por ello, resulta necesario mostrar una crónica de lo ocurrido en torno a este juicio, a fin de dejar claramente establecidos los hechos y los argumentos jurídicos que permitieron condenar al ex presidente Fujimori.

Así, vale la pena remarcar que fueron dos los documentos emitidos en el ordenamiento chileno que facilitaron el inicio del proceso penal por violación de derechos humanos seguido en el Perú contra Fujimori: a) el dictamen de la fiscal chilena Mónica Maldonado y b) la sentencia emitida por la Corte Suprema chilena en la que se ordena la extradición del ex presidente por 7 de los 12 casos solicitados por el Perú. Sin duda, el segundo documento fue el que permitió que la Sala Penal Especial de la Corte Suprema peruana diera inicio, el 10 de diciembre del 2007, al juicio penal seguido contra Fujimori por su
participación, en calidad de autor mediato, en los crímenes de Barrios Altos y La Cantuta, así como en el secuestro de los empresarios Gustavo Gorriti y Samuel Dyer en los sótanos del SIE.

Luego de 16 meses a lo largo de los cuales se celebraron 161 sesiones o audiencias, el proceso concluyó el 7 de abril del 2009 condenando a Fujimori a 25 años de pena privativa de la libertad, condena que fue ratificada en segunda instancia los primeros días de enero del 2010.

Por ello, ad portas de cumplirse un año de la expedición de la sentencia que confirmó la condena dada a Alberto Fujimori en materia de violación de derechos humanos, y teniendo en cuenta que su defensa afirmó hasta el cansancio que no existían pruebas que evidenciaran su culpabilidad en las violaciones de derechos humanos por las que fue procesado, consideramos importante refrescar la memoria y dar a conocer, de manera breve y clara, las principales piezas jurídicas que permitieron establecer esta condena que tuvo trascendencia mundial.

Cabe señalar que en cada resumen hemos procurado incluir temas o elementos nuevos que fueron invocados por los fiscales o magistrados participantes en el caso, evitando, así, repetir los temas que fueron abordados en los documentos materia del presente resumen.

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Para ver más libros entrar en Biblioteca del Genocidio en Ayacucho www.genocidioayacucho.com